El Honorable Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal de Villa General Belgrano informan a los vecinos en relación a la instalación de una nueva antena de telefonía móvil que:
- Las comunicaciones radioeléctricas son parte de nuestra vida cotidiana desde hace mas de 100 años, siendo los servicios de radiodifusión (AM, FM, TV) los más antiguos y por sus características técnicas y de cobertura las que utilizan mayor potencia. Habitualmente estamos en presencia de artefactos como la TV, tubos fluorescentes, monitores de PC,, hornos microondas que también emiten radiaciones, algunos superiores a las provenientes de los equipos radioeléctricos, pero todos dentro de los límites impuestos por las normativas vigentes.
- Todos los vecinos consultados y organizaciones sectoriales se han manifestado a favor de contar con el servicio de telefonía celular de última generación y mejor cobertura para la población y los turistas.
- Existe un Estándar Nacional de Seguridad para las Exposiciones a radiofrecuencias aprobado por el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación por resolución 202/95, cuyo valor de máxima exposición poblacional están por debajo de las recomendadas por la OMS (Organización Mundial de la Salud) y el ICNIRP (Comisión Internacional contra las Radiaciones no Ionizantes)
- La autoridad de regulación y control de las telecomunicaciones es de competencia Federal y le corresponde a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC). Que la misma CNC a través de su resolución 3690/04 establece el protocolo de Medición que debe aplicarse a todos los servicios radioeléctricos
- La provincia de Córdoba a través de la ley 9055 establece la obligatoriedad de la Inspección Técnica de Antenas para todas la estaciones de base de telefonía móvil , las que se solicitan a través del ERSEP y deben realizarse al menos una vez cada 12 meses.
- Este Municipio exige a las Empresas de Telefonía Móvil el Estudio de Impacto Ambiental auditado por la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la Provincia de Córdoba y que sus facultades, como Municipio, son principalmente sobre la obra civil de la instalación de las antenas.
- Hasta la actualidad, dentro de los límites que fijan los estándares de seguridad recomendados por la Organización Mundial de la Salud y que se aplican en nuestro país, no existen evidencias científicas que permitan afirmar fehacientemente que las radiaciones de telefonía celular produzcan efectos adversos sobre la salud de la población, y que se continúa investigando permanentemente.
- El principio de precaución definido también por la Comunidad Europea como principio fundamental se aplica en los estándares de seguridad utilizados en Argentina y no existe necesidad de adoptar medidas urgentes de ámbito colectivo para la protección, aparte de aquellas que el conocimiento científico actual justifica
- La normativa es valida para cualquier servicio radioeléctrico o de radiodifusión, ya sea AM, FM, Internet inalámbrica, Radio Taxi, Radio Remis, Telefonía Celular, Radioaficionado, TV abierta, etc.
El Concejo Deliberante, en su sesión del pasado miércoles 26 de marzo, resolvió no firmar aún la Ordenanza y quiere transmitir a los vecinos tranquilidad en cuanto a que la ubicación definitiva va a ser decidida una vez que se agoten todas las instancias informativas y de control que garanticen la transparencia y rectitud de las decisiones que se adopten.